domingo, 12 de diciembre de 2010

DEMANDA DE APROBACION ANTE EL CABILDO DE QUITO ECUADOR.

                                                            
 SAN JUAN DE PASTO
Seguimos en estos datos històricos del Real Monasterio de la Pura y Limpia Concepciòn de Nuestra Señora:en la ciudad que tiene como Patron al Santo Precursor de JesucristoSan Juan Bautista, profeta y màrtir, hijo del Sacerdote Zacarias y de Isabel. Modelo para las Hermanas Concepcionistas Franciscanas. Su vida de silencio y soledad en el desierto preanuncia la llegada del Cordero de Dios que quita el pecado del mundo.Desde los claustros benditos de la Concepciòn se anuncia a Jesucristo.


                                                                VALLE DE ATRIZ


Denominaciòn española del Hatunllacta que significa tierra de los mayores o tierra grande en quechua, denominada por algunos cronistas tales como Felipe Guamàn Poma de Ayala como Valle de Atres.
Situado al pie del Volcan Galeras en medio del nudo de los pastos.

Testigos de los hechos que se esta narrando en este artìculo sobre las Hermanas Conceptas son el Volcàn Galeras y el Valle de Atriz, en cuyas tierras vivieron los fundadores de San Juan de Pasto y las fundadoras del Monasterio de la Pura y limpia Concepciòn de la Santìsima Virgen Marìa.

                                  

DATOS HISTORICOS SOBRE LA DEMANDA

Acabada la fundaciòn material del Monasterio que tanto importaba a los habitantes de San Juan de Pasto, para partir de un hecho cumplido y tener, en cierto modo, una base para la demanda de aprobaciòn, que debieran intentar para ante el Cabildo Eclesiàstico de Quito, procedieron a levantar, inmediatamente, por medio del Procurador de la ciudad, Pedro Gastpar, un aprueba que consistiò en allegar todas las escrituras de donaciòn que los interesados habìan hecho en favor del Monasterio. Para adelantar las gestiones del caso ante el Venerable Cabildo de Quito en sede vacante, cancelaron por medio de escritura pùblica, el mismo dìa 3 de octubre, el poder conferido años antes al Licenciado Antonio de Aguilera para el mismo asunto, y lo confirieron al abogado de la Real Audiencia, Licenciado Gaspar de Villaroel y Coruña, poder que principia asi:
                                                                                                                                                                       
"En el nombre de la Santìsima Trinidad, Padre, Hijo y Espìritu Santo, tres personas y un solo Dios verdadero que vive y reina por siempre sin fin y a honor y gloria suya y de la gloriosìsima Virgen Santa  Marìa Nuestra Señora y Madre a cuya clemencia y bondad Leonor de Orense y Ana de Vergara viudas y vecinas de esta ciudad y doña Juana de Zambrano y doña Floriana Vàsquez y Beatriz de Zùñiga y Mariana del Castillo e Isabel de Medina doncellas hijas de esta ciudad ofrecieron la presente escritura y lo que en ella serà contenido suplicando a su divina Majestad se sirva de guiarlo de manera en su santo servicio que teniendo buen principio consiga medio bueno y mejor fin."

Hicieron constar en el poder que el tesoro del Monasterio entre haciendas, dotes y ajuar valìa la suma de veinte mil ducados, suma màs que suficiente para sostener la instituciòn y ello sin contar con que andando los dìas ese haber subirìa a una cantidad mucho màs considerable, dado que muchas doncellas ardìan en deseos de ingresar en el Monasterio tan pronto como se obtuviese la licencia canònica de fundaciòn que tanto las presuntas monjas como los habitantes en pleno rendidamente solicitaban. Pidieron, ademàs de la licencia, constituciones, hàbito, regla y la autorizaciòn suficiente para que un comisionado les recibiese la obediencia acostumbrada y terminaban rogando al Cabildo las tomase bajo su protecciòn lo mismo que a sus bienes.  Tal poder solo pudo ser firmado por Doña Leonor de Orense, pues que las demàs segùn testimonio del Notario, no sabìan leer ni escribir.

                                       AUTO DE RESPUESTA DEL CABILDO DE QUITO

El 21 de octubre de 1588, el Licenciado Villaroel presentó su demanda al Cabildo eclesiástico, el cual, en auto del 13 de noviembre siguiente dijo:

"Que aceptaban y aceptaron la obediencia de las dichas Leonor de Orense, Ana de Vergara, Juana de Zambrano, Floriana Vàsquez, Beatriz de Zùñiga, Mariana del Castillo e Isabel de Medina das al ordinario de este obispado y para ver lo que convenga daba y dieron comisiòn en forma tan bastante como de derecho se requiere al Licenciado Diego de Bracamonte, Vicario de Pasto, para que haga informaciòn y averiguaciòn de la hacienda y dotaciòn con que las susodichas quieren fundar el dicho Monasterio y convento y sabida la hacienda que tienen el dicho Vicario tome posesiòn de los dichos bienes en nombre del dicho Cabildo ordinario de este obispado para que sean bienes aclesiàsticos del dicho convento y tambièn informaciòn de la necesidad que hubiere del dicho monasterio; y hecho lo envie y remita a este Cabildo para que visto se vea lo que màs convenga y asì lo proveyeron y mandaron y en el entretanto dicho Vicario ampare en la hacienda a las susodichas y la casa donde estan recogidas y en ella haya toda honestidad y recogimiento y se da licencia para que allì se diga misa y en lo que toca al hàbito y constituciòn se darà como lo piden y como màs convenga al servicio de Dios nuestro Señor y asì lo mandaron y firmaron. El Dean de Soto, el Arcediano Galaviz, el Chantre de Quito, el maestrescuela, el licenciado Lòpez Albarràn, ante mì Francisco Garcìa Duràn, notario y secretario."


                                                               
En cumplimiento del mandamiento anterior, el Vicario Bracamonte, acompañado del Notario pùblico, se traslado al convento el 24 de mismo mes de octubre y allì, con la solemnidad acostumbrada, notificò a las monjas el auto del Cabildo de Quito, instalàndolas para que declarasen y dijesen que bienes tiene hasta ahora para la fundaciòn del dicho monasterio; que tanto de el y de ellos le diesen informaciòn para que los bienes que el notare haber tome posesiòn de ellos segùn y como para la dicha posesiòn se le ha mandado.

Atentas a este requerimiento, una por una, en alta voz, segùn diò fe el notario de Vega Carvajal, hicieron las monjas nueva declaraciòn de los bienes, determinàndolos, y precisàndolos en el orden y en la forma en que los declararon en la prueba que acompañaron al poder conferido a Villaroel para obtener la aprobaciòn del convento. Oido lo cual por el Vicario pidiò al Capitàn Rodrigo Perèz de Zùñiga, Teniente de Gobernador, le dè la posesiòn de los dichos bienes, y este funcionario, atento a que se le pedìa justicia, segùn resa el acta original:

En presencia de la dicha Doña Leonor de Orense y Ana de Vergara y las demàs  que estàn recogidas en las casas que son las que tienen dadas en dote el Padre Andrès Moreno de Zùñiga a Beatriz de Zùñiga tomò por la mano al dicho Vicario y le metiò en las dichas casas y le diò la posesiòn de ellas y asì mismo tomò por la mano a un negro llamado Manuel y a Marìa negra esclavos de la dicha Ana de Vergara y los entregò al dicho LicenciadoDiego de Bracamonte el cual se paseò por las dichas casas y cerrò las puertas que en ellas estaban y quitò al dicho negro un capote que encima tenìa y a la dicha negra una manta y se lo tornò a volver  todo lo cual dijo que hab``ia hecho y hacìa en señal de la posesiòn que de los dichos bienes tomaba en nombre del dicho Cabildo sede vacante y de como habìa tomado posesiòn de las dichas casas y negros quieta y pacificamente y sin contradicciòn de persona alguna  pidiò al presente escribano le dè por testimonio" Siendo testigos del acto Pedro Gaspar y Gerònimo de Guzmàn.


                             ELECCION DE LA PRIMERA ABADESA DEL MONASTERIO

Acto contiruno las monjas procedieron a la elecciòn canònica de la Abadesa, diciendo que todas unànimes y conformes desde ahora para entonces para que se fundare el dicho monasterio de monjas  nombraban y nombraron por Abadesa del dicho Monasterio a Doña Leonor de Orense y pidieron y pedìan al Cabildo sede vacante de Quito la elija y nombre por tal Abadesa por cuanto la dicha Leonor de Orense ha sido y es la principal autora y fundadora del monasterio cuando se recogieron con ella para este efecto; que intento y voluntad fuè y ha sido nombrarla por tal Abadesa, demàs de ser persona en quien concunrren las prendas que se requieren para tal cargo y tiene mucha habilidad y suficiencia para usar y ejercer este cargo.
Para lo cual fueron testigos el Padre Francisco Gonzàlez Calderòn y el Padre Andrès Moreno de Zùñiga clèrigos prebendados.

                NUEVA CONVOCATORIA DEL VICARIO DIEGO DE BRACAMONTE

Procediò luego el Vicario Diego de Bracamonte a la informaciòn de la necesidad y utilidad del Monasterio, y para ello, en auto dictado el dìa siguiente 25 de noviembre de 1588, citò al procurador de la ciudad, que lo era Pedro Gaspar, ordenàndole que reuniese a los testigos que podìan declarar en el asunto, los cuales debìan ser personas de calidad y no menores de treinta años.

Pedro Gaspar, que ademàs de Personero del Cabildo era Mayordomo del Monasterio de Monjas por nombramiento que habìa hecho el mismo Vicario Diego de Bracamonte, presentò ante este y su Notario eclesiàstico, Diego Gonzàlez Cabezas, el mismo dìa en que notificò el auto anterior, nueve testigos de lo màs connotado del vecindario, todos mayores de treinta años e interesados como los que màs en la fundaciòn del monasterio.He aquì sus nombres:
  1. Rodrigo Perèz de Zùñiga, Teniente de Gobernador
  2. Hernado de Cepeda y Caraveo, Alcalde ordinario.
  3. Capitàn Diego de Gaviria, Rico vecino de la ciudad de Almaguer.
  4. Joan de Argüello, Regidor.
  5. Presbìtero Andrès Moreno de Zùñiga. Clèrigo Prebendado. (ver nota al final de esta lista sobre la declaraiòn de este personaje eclesiàstico colocada en negrita).
  6. Francisco Vasquèz.
  7. Juan Navarro de Irigoyen;
  8. Juan Bautista de Reina. Clèrigo Prebendado.
  9. Jorge Seco.
  10. Alonso Zambrano. Alguacil Mayor.
Nota : Juzgamos oportuno, como lo creyò el ilustrado escritor, Doctor Justino C. Mejìa y Mejìa en su jugoso estudio sobre Madres Conceptas, transcribir la declaraciòn del Presb`tero Prebendado Andrès Moreno de Zùñiga que, por proceder del principal accionista de la fundaciòn, como dice el Dorctor Mejìa, compendia las ideas y anhelos de los habitantes de Pasto:
Presente Andrès Moreno de Zùñiga, despuès del juramento que hizo IN VERBO SACERDOTI, poniendo la mano en el pecho  dijo y declarò: Que conoce a la dicha Leonor de Orense y a Ana de Vergara y a todas las demàs contenidas en la dicha comunicaciòn, y este testigo las ha visto estar en una casa que este testigo les diò y les hizo merced y limosna y que este testigo sabe que estan recogidas desde la vìspera de la Fiesta de San Francisco de Asìs del prsente año 1588, las cuales estàn recogidas para fundar monasterio y convento, cuya advocaciòn s intitula de la Concepciòn de la Virgen Marìa, y sabe este testigo y tiene por cosa cierta que fundàndose el dicho convento de monjas en esta ciudad, serà cosa muy santa, justa y virtuosa y de gran utilidad y provecho para toda esta Gobernaciòn, por haber como hay en ella muchas doncellas nobles, hijas de padresprincipales conquistadores, que para CASARSE CONFORME A LA CALIDAD DE SUS PERSONAS tienen poca posible y para meterse de monjas tendràn dotes competentes; y este testigo tiene una sobrina suya, a la cual diò las dichas casas que referidas tiene y que le daban por ellas mil quinientos pesos y màs una estancia muy buena de pan llevar, y asì mismo sabe hay muchas doncellas en esta ciudad y en toda la gobernaciòn que si el monasterio se funda se meteran en +el muchas doncellas y las dotaràn y donaràn haciendas y dinero con que se puedan sustentar, principalmente porque para casarse, no tendràn, como dicho tiene, posible, y sabe este testigo podràn mejor sustentar este monasterio en esta ciudad que no en otro pueblo de toda la gobernaciòn, por ser como es esta ciudad muy abastecida de todos los mantenimientos, y sabe asìmismo que hacièndose y fundàndose hay hombres honrados y cristianos que dejaràn al dicho convento y monasterio parte de sus haciendas, para que las monjas rueguen a Dios por ellos.  Fuèle preguntado a este testigo si sabe y tiene noticia que hacienda y dotes tienen las susodichas para sustentar el convento y religiòn, dijo que no lo sabe, pero que se remite a los autos y declaraciones que se han hecho ante Bartolomè de la Vega Carvajal, Escribano de esta ciudad, que no sabe otra cosa, y que esto que dicho tiene y declarado es verdad, por el juramento que tiene hecho, y sièndole leìdo por mì el dicho notario, dijo que se rectificaba y se ratificò en el dicho testimonio dijo ser de edad de cuarenta y cinco años, poco màs o menos.
(F) Andrès Moreno de Zùñiga. - El licenciado Diego de Bracamonte Vicario de la ciudad
Ante mî, Diego Gonzàlez Cabeza. 

Tales testigos interrogados al tenor del mandamiento del Cabildo eclesiàstico de Quito, previo el juramento de regla, dijeron mas o menos que tenìan por cosa muy santa y ùtil, asì para la ciudad, como para toda la Gobernaciòn de Popayàn, la fundaciòn del Monasterio; que este se habìa iniciado con Leonor de Orense, Ana de Vergara, Juana Zambrano, Floriana Vasquèz, Beatriz de Zùñiga, Isabel de Medina y Mariana del Castillo, las cuales se habìan recogido a una casa que para tal efecto les habìa sido donada por el Padre Andrèn Moreno de Zùñiga; que tal fundaciòn la tenìan como necesario remedio  de muchos vecinos principales de Pasto y de toda la Gobernaciòn de Popayàn que carecìan de la hacienda suficiente para casar a sus hijas conforme a la calidad de sus personas y asì estarìan mejor consagradas al servicio de Dios Nuestro Señor; que las rentas de la naciente comunidad eran, por el momento, suficientes para las necesiades de vestido y sustento de las monjas, por ser el lugar de suyo barato y abundante y, por ùltimo, que tenìan entendido que subsisitìa la fundaciòn por mucho tiempo, puesto que muchos vecinos acaudalado de la ciudad de Pasto habìa prometido donaciones, siempre que se llevase adelante dicha fundaciòn, y que otros meterìan a sus hijas al convento dotàndolas con haciendas si se alcanzara la aprobaciòn del Obispado de Quito para asegurar la seriedad y duraciòn de cosa tan santa y buena como necesaria.